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IES Miguel Durán

Claustro

 

Las funciones del Claustro son las siguientes:

  • Elevar al Equipo Directivo propuestas para elaborar el Proyecto Educativo y al Programación General Anual.
  • Establecer las directrices para elabora Proyectos curriculares de etapa, aprobarlos y evaluarlos; así como modificarlos.
  • Aprobar, previa presentación al Consejo Escolar, los aspectos docentes de la Programación General Anual.
  • Promover experiencias e investigaciones pedagógicas.
  • Elaborar el plan de formación del profesorado del Centro.
  • Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar y en el CPR.
  • Conocer las candidaturas y programas de la Dirección del Centro.
  • Aprobar los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios de los alumnos.
  • Aprobar el calendario de evaluaciones, exámenes y pruebas extraordinarias.
  • Aprobar los criterios para la elaboración de horarios de profesores.
  • Analizar y valorar, trimestralmente, la marcha general y la situación económica del Centro.
  • Conocer las relaciones del Centro con instituciones y centros de trabajo.
  • Analizar y valorar los informes y evaluaciones que se hagan sobre el Centro.

 

Equipo Directivo

Directora
Dª Cristina Yórquez Calero
 
Jefe de Estudios
D. César Monterrubio Muñoz
Jefas de Estudios Adjuntas
Dª Mª Carmen Reyes Ortega
Dª Teresa Rex Mateos
 
Secretario
D. Ceferino Rodríguez Rubio
 

 

Competencias

 

Director
REAL DECRETO 26-1-1996, núm. 83/1996 Reglamento orgánico de los IES. BOE 21-2-1996, núm. 45, [pág. 6306]

Artículo 30. Competencias del director.

Son competencias del director:

a) Ostentar la representación del instituto y representar oficialmente a la Administración educativa en el instituto, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.

b) Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes.

c) Dirigir y coordinar todas las actividades del instituto, de acuerdo con las disposiciones vigentes, sin perjuicio de las competencias de los restantes órganos de gobierno.

d) Colaborar con los órganos de la Administración educativa en todo lo relativo al logro de los objetivos del centro, así como formar parte de los órganos consultivos de la Dirección Provincial que se establezcan al efecto.

e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al instituto y controlar la asistencia al trabajo. Aplicar el régimen disciplinario de todo el personal adscrito al instituto, así como realizar la propuesta, cuando corresponda, de incoación de expedientes.

f) Mantener las relaciones administrativas con la Dirección Provincial y proporcionar la información que le sea requerida por las autoridades educativas competentes.

g) Gestionar los medios materiales del instituto.

h) Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del instituto y ordenar los pagos.

i) Visar las certificaciones y documentos oficiales del instituto.

j) Designar y proponer el cese de los restantes miembros del equipo directivo, salvo el administrador, así como designar y cesar a los jefes de departamento y a los tutores, de acuerdo con el procedimiento establecido en este Reglamento.

k) Ejecutar, en el ámbito de su competencia, los acuerdos de los órganos colegiados.

l) Fomentar y coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa y procurar los medios precisos para la más eficaz ejecución de sus respectivas competencias, garantizando el derecho de reunión de profesores, alumnos, padres y personal de administración y servicios.

m) Elaborar, con el resto del equipo directivo, la propuesta de proyecto educativo y de la programación general anual del instituto, de acuerdo con las directrices y criterios establecidos por el consejo escolar del mismo y con las propuestas formuladas por el claustro y, asimismo, velar por su correcta aplicación.

n) Convocar y presidir los actos académicos, el consejo escolar, el claustro y la comisión de coordinación pedagógica del instituto.

ñ) Promover e impulsar las relaciones del instituto con las instituciones de su entorno y facilitar la adecuada coordinación con otros servicios formativos de la zona.

o) Elevar al Director provincial la memoria anual sobre las actividades y situación general del instituto.

p) Promover las relaciones con los centros de trabajo que afecten a la formación de los alumnos y a su inserción profesional, y firmar los convenios de colaboración, una vez informados por el consejo escolar, entre el instituto y los mencionados centros.

q) Facilitar la información sobre la vida del instituto a los distintos sectores de la comunidad escolar.

r) Favorecer la evaluación de todos los proyectos y actividades del instituto y colaborar con la Administración educativa en las evaluaciones externas que periódicamente se lleven a cabo.

s) Favorecer la convivencia en el instituto y garantizar el procedimiento para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, con el reglamento de régimen interior y con los criterios fijados por el consejo escolar.

t) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros de acuerdo con las disposiciones vigentes

 
Jefe de Estudios
REAL DECRETO 26-1-1996, núm. 83/1996 Reglamento orgánico de los IES. BOE 21-2-1996, núm. 45, [pág. 6306]

Son competencias del jefe de estudios:

a) Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico.

b) Sustituir al director en caso de ausencia o enfermedad.

c) Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de profesores y alumnos, en relación con el proyecto educativo, los proyectos curriculares de etapa y la programación general anual y, además, velar por su ejecución.

d) Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, los horarios académicos de alumnos y profesores de acuerdo con los criterios aprobados por el claustro y con el horario general incluido en la programación general anual, así como velar por su estricto cumplimiento.

e) Coordinar las actividades de los jefes de departamento.

f) Coordinar y dirigir la acción de los tutores, con la colaboración, en su caso, del departamento de orientación y de acuerdo con el plan de orientación académica y profesional y del plan de acción tutorial.

g) Coordinar, con la colaboración del representante del claustro en el centro de profesores y recursos, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el instituto.

h) Organizar los actos académicos.

i) Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar, especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización, y apoyando el trabajo de la junta de delegados.

j) Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación general anual, junto con el resto del equipo directivo.

k) Favorecer la convivencia en el instituto y garantizar el procedimiento para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, lo establecido en el reglamento de régimen interior y los criterios fijados por el consejo escolar.

l) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el director dentro de su ámbito de competencia.

 
Secretario
REAL DECRETO 26-1-1996, núm. 83/1996 Reglamento orgánico de los IES. BOE 21-2-1996, núm. 45, [pág. 6306]

Artículo 34. Competencias del secretario .

Son competencias del secretario:

a) Ordenar el régimen administrativo del instituto, de conformidad con las directrices del director.

b) Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del instituto, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del director.

c) Custodiar las libros y archivos del instituto.

d) Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.

e) Realizar el inventario general del instituto y mantenerlo actualizado.

f) Custodiar y coordinar la utilización de los medios, informáticos, audiovisuales y del resto del material didáctico.

g) Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y de servicios adscrito al instituto.

h) Elaborar el anteproyecto de presupuesto del instituto.

i) Ordenar el régimen económico del instituto, de conformidad con las instrucciones del director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.

j) Velar por el mantenimiento material del instituto en todos sus aspectos, de acuerdo con las indicaciones del director.

k) Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación general anual, junto con el resto del equipo directivo.

l) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el director dentro de su ámbito de competencia.

 

Horarios

Lectivo:

Clases Hora
08:30   09:23
09:23   10:15
Descanso o recreo 10:15   10:40
10:40   11:33
11:33  12:25
Descanso o recreo 12:25   12:45
5ª 12:45   13:38
13:38   14:30

 

Historia

BREVE RESEÑA HISTÓRICA DEL CENTRO

El I.E.S. “Miguel Durán” comenzaba su andadura hace más de treinta años, curso 1975-76, como una sección de Formación Profesional denominada “Sección de Formación Profesional de Azuaga”.

 

 

En el curso 1975-76 empieza a impartirse F.P.I en las Ramas Administrativo y Electricidad.

 

 

En el curso 1982-83 empieza a impartirse F.P.II Administrativa, y en el curso 1984-85 F.P.II Electricidad, transformándose en Instituto de Formación Profesional que se denomina “I.F.P. de Azuaga”.

 

 

En el curso 1991-92 cambia de denominación y pasa a llamarse “I.F.P. Miguel Durán ”. En el curso 1996-97 empieza a impartirse el C.F.G.S. Administración y Finanzas.

 

 

En el curso 1997-98 se transforma en un Instituto de Educación Secundaria pasando a denominarse “I.E.S. Miguel Durán”.

 

 

Desde este curso empieza a impartirse el primer y segundo ciclo de E.S.O.

 

 

En el curso 1999-2000 comienza a impartirse el Bachillerato y el C.F.G.M. Equipos e Instalaciones Electrotécnicas.

 

 

En el curso 2000-01 empieza a impartirse el C.F.G.M. Gestión Administrativa.

 

 

En el curso 2001-02 empieza a impartirse el C.F.G.S. Desarrollo de Productos Electrónicos.

 

 

En el curso 2003-04 empieza a impartirse el P.G.S. Operario de Instalaciones Eléctricas de Baja Tensión. En el curso 2005-06 se sustituye el C.F.G.S. Desarrollo de Productos Electrónicos por el C.F.G.S. Instalaciones Electrotécnicas.